El 5 de mayo de 2022, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, mediante Sentencia nº 209/2022, estimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por la asociación de Hostelería de Bizkaia, Asociación de Empresarios de Hostelería de Gipuzkoa y SEA Empresas Alavesas contra las reglas del Gobierno Vasco sobre el cierre de la hostelería debido a la pandemia ocasionada por Covid-19.
Contra tal resolución, cabía interponer Recurso de Casación ante la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Supremo, el cual se presentó. Sin embargo, el 15 de diciembre del 2022, la Sala Tercera del Tribunal Supremo a través de una providencia, inadmitía el recurso del Gobierno Vasco frente a la Sentencia nº 209/2022 del TSJ del País Vasco.
Por tanto, y al no haber admitió a trámite el recurso, la sentencia que declaraba nula las disposiciones con el cierre y restricciones horarias de bares y restaurantes en municipios de Zona Roja (más de 500 contagiados por cada 100.000 habitantes), se convertía en firme.
Queda claro que los cierres establecidos por el Gobierno Vasco supusieron pérdidas incontables a los hosteleros y hosteleras, además de, en muchos casos, sanciones. El TSJ indicaba que, la Administración demandada no realizó un análisis específico sobre las medidas aquí impugnadas ni sobre su necesidad, proporcionalidad e idoneidad. Y, por ello las normas impuestas eran contrarias a derecho.
Ahora, y tras la decisión del Tribunal Supremo de rechazar el recurso, se abre la posibilidad a los hosteleros y hosteleras de reclamar en el período de un año por el cierre durante la pandemia. Según estadísticas, ya son más de 2.000 demandas las que han llegado al Tribunal Supremo de toda España contra el Gobierno Centrar por las restricciones puestas.
Animamos a los hosteleros y hosteleras del País Vasco a contactar con este despacho, sin compromiso alguno, para que, en el caso de que hubiesen sido sancionados como consecuencia de las decisiones adoptadas, exijan la nulidad de dichas multas y la devolución de lo pagado; además de, interponer reclamaciones de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos.
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