La Ley 3/2024: Un reto legal y social para pacientes con ELA y enfermedades complejas
- Ángela Gutierrez Sanz

- hace 5 días
- 2 Min. de lectura

Sabemos que enfrentarse a un diagnóstico de ELA o una enfermedad de alta complejidad supone grandes retos personales y emocionales. En este difícil camino, el último obstáculo debería ser enfrentarse solo a procesos administrativos complejos.
La aprobación de la Ley 3/2024 supone un punto de inflexión en la protección jurídica y social de quienes padecen Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y enfermedades de alta complejidad y curso irreversible.
Como despacho, conocer esta normativa nos permite asesorar de forma más eficaz y ofrecemos la sensibilidad necesaria para acompañar a los pacientes y sus familias en el laberinto administrativo.
En nuestro municipio hemos tenido el ejemplo de Pablo Olmos, afectado por esta enfermedad durante diez años y estamos muy concienciadas con lo que conlleva a nivel personal y familiar y la complejidad que representa a la hora de la gestión administrativa para el reconocimiento de ayudas y otras prestaciones. Nos permitimos recordar a Pablo, con esta entrada poniendo en valor su lucha, su valentía y su gran trabajo de divulgación de, por aquel entonces, desconocida enfermedad ELA. Fundó la asociación DAR DAR cuyo objetivo era alertar de la necesidad de fondos para ayudar a las personas diagnosticadas por la enfermedad y de la necesaria investigación médica y científica.
Ámbito de aplicación y novedades prácticas
La Ley 3/2024 y su reglamento definen criterios claros para facilitar el reconocimiento de la discapacidad y la dependencia de quienes sufren enfermedades graves con rápido deterioro funcional, ya sean neurológicas o no. Los criterios incluyen la irreversibilidad del proceso, la falta de alternativas terapéuticas, la necesidad de cuidados sociosanitarios complejos y la rápida progresión clínica. Además, se prevé un listado indicativo, pero no cerrado, de patologías que podrán beneficiarse de trámites administrativos acelerados.
El trámite puede iniciarse por el propio interesado o por sus representantes legales.
El procedimiento exige aportación médica detallada y se tramita ante la administración autonómica.
El plazo máximo para obtener respuesta es de tres meses, dando seguridad y agilidad a los afectados.
Retos jurídicos
La norma establece que el diagnóstico por sí solo no basta: debe acreditarse el cumplimiento simultáneo de todos los criterios, lo que requiere un conocimiento especializado del procedimiento administrativo y la evidencia clínica. Podemos ayudarte en la gestión de la documentación para iniciar y se resuelva con éxito el procedimiento administrativo. Así podemos ofrecerte;
Redacción de solicitudes ajustadas al reglamento y defensa ante posibles rechazos.
Coordinación con asociaciones de pacientes y seguimiento integral del expediente.
Reclamaciones en caso de demora o denegación injustificada.
Además, la ley exige que todo el procedimiento (información, comunicación, formularios) sea accesible, adaptando formatos a las necesidades de personas con discapacidad.
Ejemplo práctico: acompañando al cliente desde el diagnóstico
Imaginemos el caso de una persona con diagnóstico reciente de ELA. El reto principal es acreditar, con apoyo médico, la irreversibilidad y la progresión rápida, así como la necesidad de ayudas continuadas. El despacho puede:
Orientar en la recogida de informes y en la cumplimentación del cuestionario de verificación legal.
Solicitar el reconocimiento en tiempo y forma, asegurando que cada criterio quede documentado.
Realizar el seguimiento administrativo y, si es necesario, recurrir resoluciones desfavorables.






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