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Foto del escritorÁngela Gutierrez Sanz

Novedades para la defensa de los consumidores

El Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril, para la defensa de los consumidores plantea novedades.

El 1 de enero de 2022 entraba en vigor el Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril. Este ha introducido varias modificaciones en relación con la protección del consumidor de contenidos y servicios

Hasta ahora, los plazos de garantía legal eran de dos años en caso de contrato de compraventa de bienes o de suministro de contenidos o servicios digitales. No obstante, El Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril, fija la garantía comercial en tres años para los productos comprados a partir del 1 de enero de 2022.

El artículo 120 establece, también, que en el caso de bienes de segunda mano se puede fijar un plazo inferior a tres años. Pero nunca podrá ser menor a un año desde la entrega del bien.

Otro cambio viene con la ampliación del plazo en el que las personas consumidoras podrán dispones de piezas de repuesto para sus productos. En vez de cinco años, serán diez. Así lo establece el artículo 127:

«1. El productor garantizará, en todo caso, la existencia de un adecuado servicio técnico, así como de repuestos durante el plazo mínimo de diez años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse».

En cuanto a los servicios digitales, El Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril, fija el plazo de garantía en dos años como mínimo. Además, se regula por primera vez los contratos en los que los consumidores ceden sus datos personales sin que eso suponga un coste para el uso de ese servicio. Ejemplo: Instagram, Facebook, Twitter …

Además, los artículos 126 y 126 bis, ahora, establecen que el empresario podrá modificar los contenidos o servicios digitales. Sin embargo, garantiza el derecho del consumidor a resolver el contrato si esa modificación afecta a su acceso a ese contenido o servicio digital. Todo esto, sin costes adicionales.

Ahora queda en manos de la doctrina la aplicación crítica de estas novedades. No obstante, os animamos, primero, a ser conscientes de estas novedades y, segundo, en caso de necesitar asesoramiento legal contactar con nosotros sin compromiso alguno.

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