Recientemente TABULA RASA ABOGADOS ha conseguido la nulidad de la cláusula de gastos de dos contratos de préstamo con garantía hipotecaria. Dichos contratos fueron firmados en 2008 y 2001, respectivamente.
El cliente ha conseguido recuperar más de 1.500 una vez declarada la nulidad de la cláusula de gastos hipotecarios.
La entidad financiera apelante recurrió alegando el plazo de 5 años establecido por la reforma del art. 1964 del Código Civil. Sin embargo en una fulminante y reciente sentencia, la Audiencia Provincial de Bizkaia establece que no existe plazo de prescripción alguno. Así confirma la sentencia dictada por el Juzgado especializado nº 15 de Bilbao.
Textualmente nos recuerda la Audiencia Provincial que “La reciente STJUE de 16 de julio 2020 contempla la posible prescripción de la acción de restitución, pero en cuanto al inicio del cómputo del plazo para la misma parece apuntar a que comenzaría a correr cuando se declara la nulidad.”
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